B
Automóviles cuya
M.M.A. no exceda de
3.500 kg. y hasta 9 asientos, incluido el
conductor. Pueden llevar
enganchado un
remolque de M.M.A. hasta 750 kg.
Conjuntos de vehículos
formados por
un automóvil de permiso de la clase B y
un remolque,
siempre que la M.M.A. del
conjunto no exceda de 3.500
kg. y la M.M.A. del remolque no exceda de la masa en
vacío del vehículo.
Triciclos y cuadriciclos de
motor cuya M.M.A. no exceda de 3.500 kg
Vehículos para
personas de movilidad reducida.
Vehículos especiales
no agrícolas (o conjunto), cuya velocidad máxima autorizada no exceda
de 40 km/h.
Vehículos especiales
agrícolas autopropulsados o conjuntos de los mismos, cuya
masa
o dimensiones máximas autorizadas no excedan de los límites
establecidos.
No implica la concesión del A1 y A.
Edad mínima: 18 años.